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Providencias que cita

A. 353/06 invoca estas providencias en su argumentación. · 22 en total.

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T-799/06Tutela2006
T-572/06Tutela2006
T-557/06Tutela2006
T-449/06Tutela2006
T-405/06Tutela2006
T-307/06Tutela2006
T-292/06Tutela2006
T-001/06Tutela2006
A. 204/06Auto2006

Solicitud De Adicion De La Sentencia T-292/06. Improcedencia De La Solicitud De Aclaración O Adición De Sentencias De Revisión, Proferidas Por La Corte Constitucional. En El Trámite De Tutela En Instancia, Es Posible Solicitar La Adición O Aclaración De La Sentencia Correspondiente, Dentro Del Plazo De Los Tres Días Del Término De Ejecutoria. La Adición De Sentencias, Como Mecanismo Procesal Dirigido A Obtener Una Respuesta Definitiva A Todos Los Aspectos Propios De La Solicitud De Tutela, Resulta Improcedente. Rechazada La Solicitud

A. 188/05Auto2005

Solicitud De Adicion Y Complementacion De La Sentencia T-715/05. La Correccion De Lo Resuelto En Un Fallo De Tutela Solamente Seria Posible Si No Se Hubiere Impartido Una Orden Especifica Para Proteger El Derecho A Aquella Autoridad Que Lo Vulnero. Denegada

A. 164/05Auto2005

Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-979/04. Condiciones Formales Que Deben Concurrir Para La Admisibilidad De La Solicitud De Nulidad De Las Sentencias De Revisión. La Corte Encuentra Argumentos Suficientes Para Negar La Solicitud De Nulidad Realizada Por El Sindicato De Trabajadores Oficiales Del Municipio De Neiva. Sin Embargo, Considera Pertinente Aclarar Que La Decisión Adoptada En Esta Providencia, En Tanto Desestima La Nulidad Planteada Con El Argumento De La Inexistencia De Hechos Nuevos, No Es Incompatible Con La Necesidad Que El Gobierno Y Las Organizaciones Sindicales Lleven A Cabo Las Actuaciones Tendientes A Dar Adecuado Cumplimiento A Las Recomendaciones Emanadas Por El Comité De Libertad Sindical. Negada

A. 138/05Auto2005

Solicitud De Adicion Al Auto 085/05. Adiciona El Ordinal Tercero De La Parte Resolutiva Del Auto 085/05, En El Sentido De Que Corfidesarrollo Contara Con El Termino De Cuarenta Y Ocho Horas Para Liquidar La Pension De Jubilación Del Señor Jose De Jesus Fonseca Gutierrez Y Para Pagar Las Sumas Dejadas De Percibir Por La Omision En El Reajuste De Las Mesadas Pensionales Pagadas.

A. 085/05Auto2005

Solicitud De Cumplimiento De La Sentencia T-663/03.Declara Ejecutoriados Las Sentencias Y Fallos Del Juzgado Segundo Laboral Del Circuito De Bogota, El Tribunal Superior De Distrito Judicial De Bogota, El Juzgado Decimo Laboral De Medellín, El Tribunal Superior De Medellín; El Juzgado Dieciséis Laboral Del Circuito De Bogota, El Tribunal Superior De Distrito Judicial De Bogota Y El Juzgado Quinto Laboral Del Circuito De Bogota. Ordena A Bancafe, El Banco De Colombia Y La Caja De Credito Agrario Industrial Y Minero Dar Cumplimiento A Las Sentencias Proferidas. Ordena A Corfidesarrollo S.A. Liquidar Una Pension De Jubilación. Dispone La Remision De Los Expedientes A Cada Uno De Los Despachos Judiciales, A Fin De Que Adopten Las Medidas Pertinentes

T-663/03Tutela2003

Derechos Al Debido Proceso Igualdad Trabajo Y Seguridad Social. Via De Hecho. Indexacion De La Primera Mesada Pensional. Principio De Favorabilidad Y Pro Operario. Confianza Legitima. Equidad. Doctrina Probable. Modificacion Jurisprudencia. Interpretacion

A. 220/01Auto2001

Nulidad Por Temeridad Del Accionante.

A. 164/01Auto2001

Conflicto De Competencia

A. 004/00Auto2000

Solicitud De Aclaracion De Sentencias C-383/99 Y C-700/99.

A. 075/99Auto1999

Conflicto De Competencia.

SU.480/97Unificación1997

Der. A La Salud Y A La Vida. Relacion Estado E.P.S.. Continuidad En Servicio De Salud. Suministro De Medicamentos. Sida. Concedida Parcialmente.

A. 053/97Auto1997

Memorial Relacionado Con La Sentencia T-500/97.

T-269/95Tutela1995

Debido Proceso. Der. Al Trabajo. Reintegro.Madre De Hogar Comunitario Del I.C.B.F. Negada.

C-113/93Constitucionalidad1993

Dec. 2067/91. Art. 21 Incs. 2 Y 4 Y Art. 24. Efectos De Las Sentencias De Constitucionalidad. Aclaracion De Sentencias. Inexequibles.